En enero contraté a una empresa por 500.000 (de los cuales entregué 70.000) para la demolición de una casa señorial y construir en su lugar un bloque de pisos (6 pisos con un valor de 400.000 euros cada uno). En marzo el ayuntamiento declara bien de interés histórico dicha casa y queda prohibida la demolición. ¿podría ejercitar alguna acción de cumplimiento o incumplimiento o está todo perdido?
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No se explica muy pero por lo que entiendo tendria que pedir a la empresa la restitucion de las cantidades entregadas o parte de ellas al no poderse realizar el encargo por causas ajenas a su voluntad, si bien el técnico que realizó el proyecto de derribo tenía que haber sabido que el edificio estaba dentro del catálogo de bienes protegidos, o al parecer, se declaró posteriormente a pedir la licencia de derribo….. Tendrá que informarse sobre que actuaciones puede realizar sobre dicho edificio. Respecto a la declaración del ayuntamiento desconozco si puede interponer recurso sobre la misma dado que no facilita informacion al respecto, saludos
— SANGRA ADVOCATS