Buenos dias y muchas gracias por su respuesta.En los acuerdos del règim de visitas de mi sobrina hay un párrafo que ha llevado a denunciar mi excuñada a mi hermano. » Mientras la hija esté con cada uno de sus progenitores, el otro podrá contactar con ella, un par de veces al día, y el que la tenga, deberá facilitar que la menor escriba y / o llame al otro. En el caso de comunicación telefónica, se deberá respetar el horario de descanso de la hija, del otro progenitor y del resto de la familia»Esta es la cuestión: es de obligación que la madre llame 2 veces al día, si la niña está con un familiar, estos deben cogerle el teléfono?Mi madre y abuela de la niña puede recibir hasta 7 llamadas seguidas, mi madre no se lo coge porque no quiere hablar con ella. Tiene la obligación, la puede denunciar por este motivo?Gracias y saludos.
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Buenos días, El progenitor que quiera cotactar con la niña lo debe hacer en el teléfono del otro progenitor que lo tenga, o bien de cualquier familiar que este a cargo de la niña si el progenitor en cuestión no lo está, o en su defecto en el teléfono facilitado de contacto. Entiendo que si la niña esta con la abuela, la tía, etc. éstas son quien deben facilitar a la niña el teléfono para que hable con el otro progenitor, no hace falta ni que dicho familiar conteste al teléfono, le puede dar a la niña directamente. La denuncia sería una solución demasiado agresiva en éstos casos y más par la menor, se puede arreglar sin necesidad de mediar denuncia. Espero que le haya sido de ayuda. Para cualquier duda, puede contactar conmigo en el 662.012.992. Saludos
— MG-Abogado.