Hoy, 10:51Buenos días,Tengo una deuda contraida con el Corte Inglés por una tarjeta que asciende a unos 3000, mas las costas del juicio que ya salió (ni me presenté) que en total serán unos 4.000. No tengo ningún bien, nada a mi nombre. Tenía 55 en mi cuenta del banco y por sorpresa hoy, veo que están retenidos por una orden de embargo (eso es lo que indica). Por suerte, mañana comienzo a trabajar y mi pregunta, es la siguiente:Qué cantidad, pueden embargarme de la nómina si cobro 1200 netos?La orden de embargo se produce una vez al mes y una cantidad fija?Si dejo dinero en la cuenta a final de mes (por ejemplo 300) el día que se produce la orden de embargo, me los embargan completamente y a parte tb la parte proporcional de la nómina?Muchas Gracias por su ayuda y espero respuesta.Gracias, un saludo.
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Desde antiguo las Leyes de Ritos Procesales han sido condescendientes con las personas que deben dinero, de tal manera que el tramo que corresponde al primer salario mínimo interprofesional será inembargable. Luego establece unas escalas porcentuales que van ascendiendo de dos a más veces el SMI.Sería conveniente que un abogado de su confianza estudiara su caso, analice qué intereses está generando la deuda, y tomar decisiones, porque puede ser que le convenga refinanciar con un banco, ahora que va a tener nómina, el pago de golpe con una quita de la deuda con el Corte Inglés y pagar cómodamente plazos a un Banco.Como El Corte Inglés no sabe que va a empezar a trabajar y no tiene ni idea de cómo cobrar su crédito, se llevará una gran alegría si se presenta con dinero en mano para zanjar el asunto.
— López-Mingo