Tengo un piso en un bloque de 8 viviendas , debajo del bloque hay un local en el que van a poner un negocio, la propietaria de dicho local a arreglado las tuberias y a pintado los pilares del edificio y ahora pasa las facturas a la comunidad, el problema es que las facturas son muy elevadas, estamos obligados la comunidad a hacernos cargo de dichas facturas? En el caso de que tubieramos que hacernos cargo que parte la corresponderia pagar a ella? Otra cuestion es si la propietaria de dicho local esta obligada a pagar comunidad ya que su contador de luz esta en nuestro portal y ella se esta beneficiando tanto de la antena comunitaria como de la luz de la misma?
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Buenas tardes. Para responder a sus cuestiones habría que tener claro la naturaleza de las obras realizadas y la división horizontal del edificio; donde se establece la cuota de participación del local.Si lo desea, póngase en contacto conmigo para concertar una cita en el 983156650 o ignacionietoabogado@gmail.comAdjunto el coste de la consulta Un saludoIgnacio Nieto Sinovas
— Ignacio Nieto Abogado
Buenas tardes,Son varios los asuntos que plantea en su mensaje. Respecto al tema de las tuberías y el pintado de los pilares del edificio, son cuestiones que se debieron debatir en Junta y que no se deberían decidir de manera unilateral. Arreglar tuberías, independientemente de dónde se encuentren éstas, y siempre que sean tuberías de la comunidad y no propias y exclusivas del local en cuestión, es un gasto que debe soportar la Comunidad, pero siempre que dicha reparación sea necesaria o bien se haya votado en Junta aun sin ser necesaria. Parecido pasa con la pintura de una zona común.Respecto a la antena y luz comunitaria, es normal es que la propietaria del local se beneficie de ella pues todos los propietarios tienen derecho al uso y disfrute de los zonas y servicios comunes, pero obviamente debería pagar una cuota como todo propietario.Para un asesoramiento más personalizado, puede ponerse en contacto con nosotros.Un saludo,Juan VicenteVicente & Matanza Asesores y ConsultoresC/ Constitución 5, 2º C (47001) Valladolid983 08 26 09
— VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores
Buenas tardes:Para poder contestar correctamente a su consulta deberíamos conocer cuáles son las características de las obras realizadas por la propietaria del local y así saber si la Comunidad de propietarios debe abonar cantidad alguna o no. Igualmente deberíamos saber cuál es el contenido del título de propiedad horizontal para saber si la propietaria está obligada a abonar o no cuota y el importe de la misma.Quedamos a su disposición para cualquier duda que le pueda surgir.Un saludo
— Cuadra de la Roca Abogada
Buenas tardes,Resumidamente el obligado al pago sería el titular del objeto reparado o el que se aprovecha de ese bien de la comunidad. Adjunto presupuesto para consulta en el despacho y poder ampliarle la respuesta a la vista de la documentación que pueda aportar.Un saludoRubén Pérez BoyeroAbogado
— abogadoreclamaciones