Hola la presidenta de la comunidad aparte de no pagar las cuotas.no quiere hacer reuniones y si se hace una obra escribe lo que le ha costado en un papel.aparte metió una vecina como limpiadora de escalera sin asegurarla y descontándole sus cuotas así.como se puede resolver esto?que le puede pasar?es denunciable
5 Respuesta
Por supuesto que se puede actuar contra esta señora para que haga las cosas como debe. En primer lugar, se le puede requerir para que convoque juntas cuando se lo soliciten los vecinos, y en todo caso ha de convocar al menos 1 al año y si no lo hace, se le podría reclamar judicialmente, al igual que también se le pueden reclamar las cuotas que deba, las facturas de las obras realizadas y que exhiba el contrato de la limpiadora. Podríamos estar hablando incluso hasta de infracciones penales, por lo que sería importante estudiar el tema en detalle, para lo cual si lo desea, me pongo a su entera disposición. Puede contactar conmigo mediante mensaje privado en esta misma web.
— Talavera Saldaña Abogados
El artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal atribuye a la Junta de propietarios:a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el Administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.c.d) Aprobar o reformar los estatutos y determinar las normas de régimen interior.e) Conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común.La presidenta de su comunidad puede incurrir en responsabilidad civil, para asesorarle adecuadamente necesitaría información más detallada. Cuantos vecinos son en la comunidad, hace cuanto tiempo esta de presidenta, cuanto tiempo lleva sin pagar la cuota, si existe contrato de dicha obra firmado sólo por la presidenta, etc.Por ello, si desea un asesoramiento más preciso, puede ponerse en contacto conmigo sin ningún compromiso.Álvaro Reina Lorenzo-Penalva. Abogado Avd, Reina Mercedes Nº 63, 8º BTlf. 955 64 11 17Fax 955 64 10 81
— Álvaro Reina Lorenzo-Penalva