hola vivo en un piso de proteccion oficial de alquiler en los estatutos de la comunidad habias dicho que no pondriamos el ascensor en marcha pero quedamos en que si algun dia algun vecino lo necesitaba se haria .El caso es que en el edificio vivimos cuatro vecino y es de dos plantas la chica del segundo se a quedado embarazada y cual es mi sorpresa que dice que se niega a subir andando vamos que quieren el ascensor ,yo cuando dije que si a si alguien lo necesitaba era por una necesidad de verda vamos no por una tonteria .Mi pregunta es si yo pongo por escrito que no lo usare tengo obligacion de pagar igual .soy madre separada y mis ingresos son de 900 euros y no me sobra el dinero al ser cuatro vecinos los gastos del ascensor se disparan ,tengo alguna solucion
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Buenas tardes,Las obras de ese tipo deben ser aprobada en Junta de la Comunidad de Propietarios. Sin embargo, independientemente de lo que digan cada uno de los miembros de la junta, hay ocasiones en que es obligatorio realizar la obra de instalación del ascensor por imperativo legal, y en esas situaciones, todos los vecinos deben contribuir al pago de las obras.No obstante, entiendo que en este caso no es obligatorio instalarlo y que esa vecina embarazada no podría exigirlo. Además sería difícil llevarlo a la práctica en un tiempo en que le fuese útil , porque probablemente para cuando el ascensor estuviese disponible, ella ya habría dado a luz, máxime si usted se opone y ésto se lleva por la vía judicial.A su disposición,www.estradoabogados.com
— ESTRADO ABOGADOS