En la comunidad de vecinos en la que resido, en una reunion ordinaria, se hizo un recuento de personas, no de propietarios , en la cual con un resultado de 19 a favor y 11 en contra se pretende aprobar una instalación para la calefaccion individual, ¿es posible que esa votación sirva de algo? si faltaban muchos vecinos y el recuento es erroneo, y las votaciones fueron en un papel sin firma ni nada parecido?
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Los acuerdos, salvo que se diga otra cosa en los estatutos, se adoptan por mayoría simple de los asistentes CON DERECHO A VOTO (es decir, propietarios o personas autorizadas por éstos). Sin embargo, como dice la compañera, la junta celebrada se puede impugnar por defectos de forma y parece que en este caso podría haberlos. La impugnación habría de hacerse en un juzgado.Un saludo.
— VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores