Buenos días, ayer hice una pregunta y recibí 3 respuestas y me he quedado mas en la duda que estaba antes de dicha pregunta, mi pregunta fué esta:Buenas tardes, tengo un local comercial alquilado, el contrato se renueva automáticamente el 30 de abril de cada año si ninguna de las dos partes comunica lo contrario con 2 meses de antelación, mi inquilino me debe con el mes de marzo 6 meses y quiero que desaloje el local el día 30 de abril por fin de contrato,¿ puedo comunicárselo un mes antes del fin de este en vez de los dos meses?¿ Que sanción tendría yo por comunicárselo con un mes en vez de dos? Además de todo esto ¿también puedo pedirle la deuda denunciándolo si no lo hace? gracias
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Pero ¿qué duda es la que le queda? Yo fui uno de los que contestó y si no dice lo que no le queda claro, no sé si podré llegar a resolverle esas dudas. Esquemáticamente, le doy mi parecer:-Si tiene que preavisar con dos meses y no lo hace, se entiende renovado el contrato por un año más sin que se pueda evitar mediante un preaviso fuera de plazo.-El impago de las rentas le faculta para instar un desahucio por falta de pago de su inquilino, lo que supondría resolver el contrato por este motivo.-Con independencia de lo anterior, por supuesto que puede reclamar las rentas impagadas.Si todavía le quedan dudas, puede contactarme por privado y especificar lo que no le queda claro y con mucho gusto se lo trataré de aclarar.
— Talavera Saldaña Abogados