Buenas tardes, tengo un local comercial alquilado, el contrato se renueva automáticamente el 30 de abril de cada año si ninguna de las dos partes comunica lo contrario con 2 meses de antelación, mi inquilino me debe con el mes de marzo 6 meses y quiero que desaloje el local el día 30 de abril por fin de contrato,¿ puedo comunicárselo un mes antes del fin de este en vez de los dos meses?¿ Que sanción tendría yo por comunicárselo con un mes en vez de dos? Además de todo esto ¿también puedo pedirle la deuda denunciándolo si no lo hace? gracias
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Si no respeta el plazo de dos meses de antelación, el contrato queda prorrogado automáticamente sin que pueda salvarlo comunicándolo con menos tiempo. Eso no quiere decir que no pueda echar al inquilino, ya que las rentas adeudadas son causa de desahucio, y además de poderlas reclamar, le faculta para solicitar la resolución del contrato por impago. Si lo desea estoy a su disposición para estudiar su caso en detalle y buscar la mejor solución para usted. Puede contactar conmigo mediante mensaje privado en esta misma consulta. Un saludo.
— Talavera Saldaña Abogados