Buenos días,Acabo de comprar una vivienda que me dijeron era nueva a estrenar y resulta que cuando voy a dar el alta de los servicios, descubrí que estuvo alquilada durante casi 3 años. Primero, me engañaron y en segundo lugar, pagué el IVA y no el ITP como correspondería según: El alquiler también puede despojar legalmente del IVA a inmuebles aparentemente a estrenar. Según la citada normativa que rige este impuesto desde hace más de dos décadas, un inmueble que haya estado arrendado sin opción a compra por su promotor durante dos o más años pierde la categoría de nuevo ante Hacienda pese a no haber sido objeto de ninguna transmisión y su comprador, siempre que no sea el inquilino durante ese periodo, deberá abonar el ITP.En concreto, en este punto la ley dice que «no tendrá la consideración de primera entrega la realizada por el promotor después de la utilización ininterrumpida del inmueble por un plazo igual o superior a dos años por su propietario o por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de contratos de arrendamiento sin opción de compra, salvo que el adquirente sea quien utilizó la edificación durante el referido plazo».Ante quién tengo que reclamar? es una vivienda gestionada por Solvia…
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Buenos días Laura,En primer lugar habría que ver la escritura de compraventa para ver si está correctamente aplicado el IVA en lugar del ITP. En principio parece que no está correctamente realizado.En primer lugar habría que ver la escritura de compraventa y después hablar con Solvia. Por otro lado, cabe la posibilidad de compensación del IVA pagado al Estado con el ITP que habría que pagar a la Comunidad de Madrid.En tal caso responsabilidad del vendedor el cual es conocedor de los hechos previos, aunque reiterando que lo mejor es ver la escritura antes, por lo que si quiere remitirla para estudiarlo con calma, puede hacerlo por email.ABR
— ABR Tax & Law