Hace un mes he adquirido una vivienda a una entidad bancaria que a su vez la adquirió de la constructora en dación de pagos. Hace tres días el suelo del salón se levantó por completo y la entidad bancaria no se quiere hacer responsable de la reparación. Yo les he comprado la vivienda a ellos que constan como propietarios y en el contrato se especifica que ellos se harán cargo de los vicios ocultos sustanciales : aquellos que por su gravedad hagan el inmueble impropio para el uso que se destina o que disminuyan de tal modo este uso que de haberlo conocido no habría adquirido el piso. Quien es el responsable de esta reparación, que obligaciones contractuales les obliga a ofrecer ya que tampoco nos funciona parte de la instalación electrica, desague lavadora, etc. Muchas Gracias.
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Coincido con el compañero que me precede en que tienes que demandar a todos los implicados en el asunto que son: la entidad bancaria, como vendedora, la promotora (que será insolvente, seguro) el arquitecto y el arquitecto técnico que proyectaron y dirigieron la obra. El plazo para demandar a la entidad bancaria es de 6 meses (por vicios ocultos); los del resto, más largos pero el menor te condiciona el procedimiento.Generalmente, en estos asuntos, suele pagar el seguro de los profesionales (arquitecto y arquitecto técnico). Si deseas que me haga cargo de este asunto, puedes contactar conmigo. Dispongo de despacho en Barcelona.Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano