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Por eso mismo que no es una contestación ese cuando pueda y porque está trabajando y manteniendo a su actual pareja y a la hija de ella, deseo no esperar ni a que pase otro mes del impago, pero necesito saber cuánto me cobraría un abogado, si me compensaría o se llevaría él toda la mensualidad de la manuntención, si tengo derecho a uno de oficio (cobro pension por incapacidad absoluta). Si es mejor hacerlo ya, o esperar a k pasen dos meses y hacerlo por lo penal, muchas gracias
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Los gastos de ejecución de las sentencias los paga el ejecutado -en este caso el padre de su hijo- por lo que en el campo económico no se ha de preocupar. Habrá abogados que le pidan provisión de fondos para iniciar la ejecución y otros que se esperarán a que pague el demandado las costas de la ejecución. Otro camino es el que indica: abogado y procurador de oficio, si carece de recursos suficientes y tiene derecho a litigar con justicia gratuía. Puede llamarme y le explico cual es mi metodología de trabajo en casos como este: teléfonos 91 40 29 750 y 67 64 80 222
— López-Mingo
Su consulta ha aparecido como realizada desde Madrid. Dada la distancia y la necesidad de asistir en su caso, probablemente a un acto presencial en el Juzgado, cuyos gastos de desplazamiento del abogado no podrían ser incluídos en la condena en costas, le recomiendo, por el siguiente orden que: 1.- Acuda a los Servicios de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de su domicilio y tramite el expediente para que le sea reconocido el derecho a litigar con justicia gratuíta, con designación de abogado y procurador de oficio. 2.- Desde luego que no denuncie hasta que el demandado haya incurrido en el presupuesto de hecho que le he indicado: dos mensualidades impagadas. 3.- Yo creo que es más práctica la ejecución civil, puesto que el derecho penal ha de ser utilizado en casos intolerables. Puede ser que el retraso en el pago de la pensió tenga una justificación que no le haya sido explicada (que la empresa donde trabaja esté retrasando el pago de la nómina, etc).
— López-Mingo
Buenas tardes, Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. También se puede hacer una consulta vía email. El precio de la primera consulta se le descontará del presupuesto que en su caso se de, en caso de ser necesario llevar a cabo algún tipo de trámite, gestión, reclamación…etc. Solicite información sin compromiso en:tlf. 645 958 948Despacho de Abogados LETRADOXwww.Letradox.com
— LETRADOX
Buenos días.La única forma de reclamar el pago de una pensión, es solicitarlo mediante una demanda de ejecución de sentencia,No obstante si solo le adeuda una mensualidad, y es por un retraso de 10 días, creo que sería mejor esperar, ya que interponer una demanda de ejecución de sentencia le va a suponer un desembolso, y quizá mientras le llega la notificación, ya ha pagado, lo que supone un gasto innecesario.si desea cualquier aclaración o ser atendida en el despacho, no dude en ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 915343572.Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez