Hola,soy una mujer divorciada hace 10 años,tengo un hijo que vive con su padre el cual tiene la custodia a traves de un acuerdo que se hizo en el momento del divorcio.Yo le doy a mi exmarido 300 mensuales de pension de alimentos y la mitad de los gastos de estudios,optica,dentistas,etc.Mi hijo a cumplido ya 18 años,sigue estudiando y quiere hacer una carrera universitaria.Mi consulta es:puedo yo rebajar la pension de alimentos?(se que no se la puedo quitar mientras mi hijo siga estudiando),alegando que hace dos años me bajaron el sueldo(ahora cobro 1,200) y tengo una hipoteca de cuota creciente(cada año sube mas el capital con lo cual pago mas)y ademas que su padre cobra una pension por invaldez en su oficio de 800 mensuales y ademas trabaja en otro sitio cobrando x ( no lo se).Y si es asi o no,puedo ingresar la pension en una cuenta solo a nombre de mi hijo ya que es mayor de edad?.y por ultimo es mejor que yo deje de pagar la pension desde ahora y esperar a que mi hijo o su padre la vuelvan a solicitar o es preferible que yo haga una demanda de modificacion de medidas?.Muchas gracias por su atencion.Un saludo.
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Apreciada Sra, No debe ddjar de pagar la pensión de alimentos bajo ningún concepto. Puede suponerle que se la reclamen con costas e intereses o incluso un proceso penal de impago de pensiones. Debe instar la modificación de medidas, porque si han cambiado sus condiciones podría pedir en principio la reducción.No dude en consultarnos si tiene alguna duda. Puede concertar una cita en la que se estudiará y expondrá el tema. Saludos
— Sara Gómez Abogados
Considero que debe iniciar un procedimiento de modificación de medidas para solicitar una reducción de la pensión de alimentos, en virtud de un cambio sustancial de las circunstancias desde que se adoptó el acuerdo. Quedo a su disposición para cualquier aclaración o información que necesite sobre este asunto. Un saludo.
— SEGOVIA ABOGADOS
Estimada usuaria, en su caso lo más recomendable no es dejar de pagar si no instar una modificación de medidas y probar que ha cambiado su situación económica y que es recomendable ajustarle la pensión.En caso de hacer la modificación solicite abonarla directamente al hijo mayor de edad.Cualquier duda puede contactar con este Despacho profesional pidiendo cita previa, primera consulta gratuitaUn cordial saludo
— Segura Abogados
Estimada consultante,Como bien señalan los compañeros que me preceden, no es nada aconsejable que deje de pagar, pues eso es tomarse la justicia por su mano y las consecuencias serían nefastas para usted. Deberá seguir pagando la pensión de alimentos en tanto no se dicte nueva sentencia que se pronuncie sobre la cuantía y, además, en la misma cuenta en la que lo venía haciendo.Inicie, por medio de abogado y procurador, un procedimiento de modificación de medidas para tratar de rebajar esa pensión de alimentos, a ser posible, hasta el mínimo vital y sobre la base de que las circunstancias económicas, como usted bien dice, han variado.Le facilito un presupuesto por nuestra actuación en este asunto hasta juicio.Igualmente le facilito nuestros datos de contacto:951 71 50 41abogadoslarios@gmail.comwww.lariosabogados.esUn cordial saludo.
— Larios Abogados