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Buenos días:Para cobrar las pensiones de alimentos no hay un mínimo inembargable de los ingresos del obligado a su abono, como ocurre en otro tipo de materias, con lo cual Ud. puede perfectamente reclamarle el pago que le corresponda, y sino lo paga voluntariamente, se le embargará la nómina todos los meses.En el despacho le podríamos tramitar la reclamación y solventarle cualquier duda que tenga al respeto. Nos puede localizar en el 963335480 o en el movil 636411753.Saludos.
— María José Hernández Lahuerta
Buenos días,Para reclamar la pensión de sus hijos hay dos vías:-Una ejecución civil para reclamar el cumplimiento de la sentencia.-Un procedimiento penal por delito falta por incumplir con el pago de la pensión.Teniendo en cuenta que percibe una cantidad de 600 y la posibilidad de que sea absuelto en la vía penal por inexistencia de dolo, le aconsejo la primera de las vías que además es más rápida y menos traumática.Le adjunto presupuesto de honorarios aproximados.Quedamos a su disposición
— Estudio Jurídico García Torres
Estimada Consultante , Ud puede hacer uso de la via civil y la via penal , le aconsejo que acuda a la reclamación de los importes por la via civil , e inicie dos acciones civiles : una consistente en formular una demanda ejecutiva , reclamando los atrasos por impago y por no actualización de la pensión y otra segunda demanda consistente en una medida que se llama asegurativa , para que mensualmente el juzgado ordene la retención mensual , de 300 euros , en la nómina de su ex marido , y con destino a la cuenta Bancaria que Ud designe.Con estas dos demandas UD podrá recuperar lo impagado y ademas asegurarse que en el futuro no siga incumpliendo con la obligación del pago .Si desea más aclaraciones , u otra consulta o iniciar las acciones, entre en contacto con María Amorós , encargada del departamento de Derecho de Familia , el teléfono es el 963918925
— BUFETE AMOROS S.L.P.
Buenas tardes,Como ya te han comentado mis compañeras, tienes dos opciones, vía civil y la vía penal, pero la primera es la más efectiva, más rápida y menos traumatica para las partes.Simplemente tienes que ejecutar (solicitar que se cumpla) la Sentencia que estableció la pensión de alimentos en favor de tus hijas. El juzgado directamente buscará el salario o prestación que tu ex marido perciba y la embargará entregándote a ti las cantidades.Te dejo un enlace de mi blog donde explico esto con más detalle, por si te apetece leerlo: http://dianalegales.com/ejecucion-sentencia-de-familia/Si quieres que te ayudemos a resolver tu asunto, no dudes en contactar con nosotros.Que tengas mucha suerte!Un saludo,
— Diana Legales Abogados