Buenas tardes, mi consulta es porque estoy trabajando en una empresa en la cual mi jefe debe dinero a todo el mundo. A mí me paga lo que le parece y cuando le parece cada mes, aunque mi nómina es de 750 al mes, se supone que yo cobro 900 por encargarme del departamento informático de la empresa, aunque mi contrato estoy como administrativa.El caso es que este mes no he cobrado un duro y tengo que pagar el alquiler de mi casa, hace varios meses y viendo el futuro de la empresa yo solicité que por favor me arreglara los papeles del paro y mi jefe en vez de atender mi petición, echó a otros tres empleados, los cuales creo que a fecha de hoy no han cobrado su trabajo, y me dejó a mí sola. Mi contrato es indefinido y la verdad es que no sé cómo proceder ya que ahora mismo tengo mi cuenta en números rojos por los recibos pasados y no he podido pagar aún el alquiler que lo hago por transferencia bancaria.Sé que de reclamar sólo podré reclamar los 750 de mi nómina, además desde el 17 de abril estoy de baja por una operación de un sinus pilonideal el cual me impide estar varias horas seguidas sentada y además tengo que hacerme curas diarias ya que es una herida abierta y tiene que cerrar de dentro hacia afuera. He ido enviando los partes médicos a mi jefe y a su secretaria en Tenerife ya que aunque yo estoy en Madrid, la sede principal es en Tenerife.Tampoco sé si la empresa tiene sindicato y a quién podría preguntárselo.Yo tengo un niño de 10 años que crío sola por lo tanto comprenderá mi preocupación al ser yo la única fuente de ingreso en mi casa.Agradecería cualquier información que me pudiera ayudar o si sabe de algún sitio en Madrid al que poder dirigirme.Un saludo,Anya
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Estimada consultante,En principio puede parecer que lo que se puede reclamar es esa nómina (750 euros) más interés del 10%, lo que hace un total de 825 euros.Ahora bien. Si su jefe «le paga cuando quiere y lo que quiere», quizás podamos optar por una vía más beneficiosa para usted, que es la extinción de contrato por incumplimiento grave del empresario, que es el retraso continuado en los pagos.La Ley dice que el trabajador puede solicitar la extinción (indemnizada) de su contrato de trabajo cuando hay incumplimiento grave de la empresa, y abarca tanto los casos en que no le pagan salario como los casos en que, aún pagándolo, lo hace a cuentagotas o con retrasos injustificados. En resumidas cuentas, cuando le viene en gana.En dicho caso, lo que se reclamaría (conjuntamente) sería lo siguiente:1) Extinción de contrato de trabajo con derecho a indemnización propia del despido improcedente.2) Nómina o nóminas atrasadas más el 10% de interés legal de las mismas.3) Derecho a paro, siempre y cuando se reúnan el resto de requisitos.Dado que se trata de un procedimiento en vía laboral, no es necesario abonar ni procurador, ni tasas judiciales ni le pueden condenar en costas, es decir, al pago de los gastos del juicio. Es más, al ser en vía laboral, podemos hacerle nosotros todo el trabajo de oficina junto con un asesoramiento íntegro y acudir a juicio por sí misma, puesto que la demanda que se presentará será minuciosa para que el Juez lo tenga todo claro.Aprovecho para adjuntarle nuestros honorarios por este asunto desde su inicio hasta juicio (IVA incluido).Puede contactarnos en el 951 71 50 41 o a través de nuestro mail abogadoslarios@gmail.comUn cordial saludo.
— Larios Abogados