TENGO UNA SENTENCIA FAVORABLE POR UNAS CANTIDADES QUE PEDIA MI EXMUJER(NO SEPARADOS NI DIVORCIADOS LEGALMENTE)Y AHORA LE HA LLEGADO A MI EMPRESA UNA EJECUCION FORZOSA POR ESTAS CANTIDADES YA JUZGADAS Y SENTENCIADAS.NECESITO PARALIZAR ESTA EJECUCION YA QUE ME QUITARIAN 1000 MENSUALES QUE ES LO QUE COBRO Y VIVO DE ALQUILER CON MI ACTUAL PAREJA Y MIS 2 HIJOS MENORES.
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Estimado Señor,Si la situación es tal y como usted plantea, debe de haber algo que quizás no conozca usted. Una ejecución de ese tipo, solo se puede iniciar si hubiera sentencia favorable para su ex esposa. La única opción que se me ocurre es que ella recurriera la Sentencia y que usted no hubiera tenido conocimiento, bien por error del propio Juzgado o del abogado o el procurador que, en su día, actuaron en dicho procedimiento. Mi sensación es que le intentaron notificar en algún domicilio que no era el suyo y acabaron haciendo las notificaciones por edictos, ya que si no, tampoco se entiende que no haya recibido la demanda de ejecución que, al parecer, ha presentado su ex esposa.Por lo que respecta al embargo de los 1.000 que cobra, me gustaría tranquilizarle un poco. Si cobra 1.000 , no le deberían embargar esos 1.000 de forma íntegra. Si la supuesta deuda es por impagos de alimentos, lo normal es que el tribunal fije la cuantía del embargo atendiendo a los ingresos y circunstancias del ejecutado. Si no es por impago de alimentos, su empresa le tendría que retener unos 120 mensuales.Toda esta información es orientativa, ya que no conocemos las circunstancias concretas del asunto. Si quiere que lo analicemos con mayor detalle, necesitaríamos que nos remitiera documentación y hablar con usted. Quedamos a su entera disposición.Un saludo.____________________David Serra TarazonaSocio | Abogado – MediadorSerra Tarazona Abogados | Centro de Mediación Valencia CEMEVALPascual y Genis, nº 16, 2º-D, 46002 Valencia, EspañaTel: +34 960032242 | Fax: +34 960032242 | Móvil: +34 699471527dserra@icav.es | dserra@cemeval.es | www.centrodemediacionvalencia.es
— SERRA TARAZONA ABOGADOS
No queda clara su consulta ni el origen de la deuda y lo que ha podido pasar en el procedimiento. Pero si su nomina es de 1000 salvo que corresponda la deuda a pensión de alimentos, no le van a embargar el total sino un porcentaje de unos 100 que se le descontará en la nomina cada mes.Llamenos para aclarar sus dudas. 96205.19.13 y 685.243.778Saludos
— LUIURIS ABOGADOS, ASESORIA JURIDICA, GESTORIA