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Buenas tardes;En primer lugar, para tener acceso a la ayuda que comenta debe tener derecho a la prestación por desempleo; en caso contrario no podrá optar a la ayuda.En el supuesto de que vaya a iniciar una actividad como trabajador autónomo, podrá financiar con el paro pendiente de cobrar la inversión necesaria para desarrollar esa actividad, con estos límites:El pago único tiene un límite máximo del 60% de la prestación pendiente de percibir. El 40% restante se puede recibir en forma de subvención de cuotas de la Seguridad Social de trabajador autónomo.Como excepción al régimen general anterior, podrán recibir el 100% de la prestación en un pago único los hombres con una edad de hasta 30 años y mujeres hasta los 35 años, ambos inclusive, en la fecha de solicitud de pago único o los trabajadores que acrediten una discapacidad en grado igual o superior al 33%.Los gastos que se financian con el pago único hay que justificarlos luego documentalmente con facturas, etc. No se puede crear una reserva para gastos futuros.En el caso de constitución o incorporación a una sociedad cooperativa, la cuantía máxima a percibir será la establecida como aportación al capital, incluyendo la cuota de ingreso en la cooperativa.El límite de la edad dejará de aplicarse a partir del 10 de Octubre por la Ley 31/2015.El precio de ser autónomo será de 50 los 6 primeros meses, siendo después superior.Si esta interesado puede contactar con nuestro despacho sito en Almería, en el teléfono 950*20*68*01#Gracias
— PEDRO DAVID SOLER RIDAO – ABOGADO
Buenas tardes; En primer lugar, para tener acceso a la ayuda que comenta debe tener derecho a la prestación por desempleo; en caso contrario no podrá optar a la ayuda. En el supuesto de que vaya a iniciar una actividad como trabajador autónomo, podrá financiar con el paro pendiente de cobrar la inversión necesaria para desarrollar esa actividad, con estos límites:El pago único tiene un límite máximo del 60% de la prestación pendiente de percibir. El 40% restante se puede recibir en forma de subvención de cuotas de la Seguridad Social de trabajador autónomo.Como excepción al régimen general anterior, podrán recibir el 100% de la prestación en un pago único los hombres con una edad de hasta 30 años y mujeres hasta los 35 años, ambos inclusive, en la fecha de solicitud de pago único o los trabajadores que acrediten una discapacidad en grado igual o superior al 33%.Los gastos que se financian con el pago único hay que justificarlos luego documentalmente con facturas, etc. No se puede crear una reserva para gastos futuros. En el caso de constitución o incorporación a una sociedad cooperativa, la cuantía máxima a percibir será la establecida como aportación al capital, incluyendo la cuota de ingreso en la cooperativa. El límite de la edad dejará de aplicarse a partir del 10 de Octubre por la Ley 31/2015. El precio de ser autónomo será de 50 los 6 primeros meses, siendo después superior. Si esta interesado puede contactar con nuestro despacho sito en Almería, en el teléfono 950*20*68*01# Gracias
— ABOGADOS SOLER & MINGORANCE ASOCIADOS