El contrato es de dos anos y se acaba el 1 de febrero. Les comunique mi interes de no renovar el contrato, visto que el valor del alquiler es de 800 euros y ellos siempre me ingresan menos importe, o con dias de retraso, ( el pago seria del 1 al 5 del mes), y no aceptan aumentar el alquiler. Estube en la casa, y ellos han hecho modificaciones, tipo una valla de madera, unida a la fachada de la casa, que separa el jardin de la zona de la piscina, las farolas del jardin ,que eran 7, me la han roto todas y lo mas fuerte es que me dicen que no salen ,y que ya han cambiado la cerradura. Segun nuestro contrato ellos no pueden hacer ningun tipo de modificacion, sin mi consentimiento por escrito, tambien en el contrato dice que basta un solo mes en que no sea abonado el importe real, para que sea justificado el desauhucio. Y los servicios, agua, luz y gas deben estar a nombre de los inquilinos y despues de quase dos anos, siguen estando a mi nombre. Ese contrato fue escrito por ellos y para beneficio de ellos, de eco, no existe ni siquiera un mes de fianza, seguro o nada que me de una cierta garantia. Eran «amigos» y yo ingenuamente me fie, porque tenia que irme de espana a trabajar en italia, Incluso les deje las llaves un mes antes del inicio del contrato, en enero, porque me tuve que venir el 3 de enero, y quedamos de que ellos harian la mudanza el 26 de enero, pero el 15 me entere de que ya estaban viviendo en la casa, sin avisarme y sin contrato. De echo, el grafico del consumo del gas, se aumenta consideravelmente en el mes de enero, siendo que teoricamente la casa estaba vacia. Y esa fatura la tube que pagar yo Porque ellos decian que ellos solo se hacian cargo, de febrero en diante. He intendado hablar con ellos por telefono y solo recebo insultos y amenazas de que me pueden arruinar la vida, etc. En fim, quiero esa gente fuera de mi casa al final del contrato. Como puedo proceder?
10 Respuesta
El plazo de dos años no es válido salvo que usted dispusiera que necesita la vivienda para usarla usted directamente. En caso contrario si se trata de un contrato de fecha 2 de febrero de 2.013 su duración es de 5 años (anterior a reforma de junio de 2.013), a voluntad de los inquilinos, aunque el contrato diga otra cosa.Sí le puede echar por falta de pago de parte de la renta.
— Asistencialegal.net
La cláusula que comenta está completamente desafasada, pues desde que entró en vigor la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos, el 1 de enero de 1.995, la legislación aplicable no es el Decreto Boyer (2/85). El contrato tiene una duración de cinco años a voluntad del arrendatario. Puede iniciar un proceso de desahucio por el impago parcial de la renta. Un saludo.
— Asistencialegal.net
Creo que esta experiencia le llevará en un futuro a dejarse aconsejar por un abogado antes de entregar un bien en arrendamiento.La legislación sobre arrendamientos urbanos es muy compleja y no está al alcance del conocimiento de un profano.Tiene caminos alternativos para desahuciar a sus inquilinos.
— López-Mingo
Hola! El contrato fue firmado el 8 de enero del 2013, y la clausula 4°del contrato, determina que la duracion es de dos anos y no estara sujeto a prorroga forzosa, en virtude del articulo real decreto ley 2/85 (BOE no111 de 9 de mayo ) y no sera aplicable el contenido del articulo 57 de la ley de arrendamientos urbanos. Tambien dice que al vencimento de cada ano, sera aumentado o diminuido de acuerdo con il IPC, pero ellos nunca lo pagaran. Es mas, siempre ingresan menos, tipo un mes 600, otro, 700, porque alegan que no tienen la totalidad. El contrato era de 800 euros, y actualmente, de acuerdo con el IPC tendrian que ingresar 822 euros, porque son casi 2 anos los que viven ahi.
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Buenos días. Soy Cristina Íñigo Vela, titular del Despacho Vela Abogados. Para poder desahuciar a sus inquilinos le vale con que no estén al corriente de la renta o de los recibos de suministros. Una vez que hayan salido de la vivienda, podrá verificar el estado de la misma y reclamarles si hay algún daño o desperfecto imputable a ellos.Soy Árbitro de la Asociación Europea de Arbitraje, especialista en Arrendamientos Urbanos. Si lo desea, puede ponerse en contacto conmigo y estudiamos el contrato con más detenimiento.Un cordial saludo.CristinaTfno.: 683 383 374e-mail: info@velaabogados.es
— VELA ABOGADOS