1 Respuesta
En relación con lo que pregunta y si los hechos son como los cuenta, le informamos que no puede cambiar la cerradura el propietario sin que haya sido promovido el correspondiente Juicio de Desahucio y acordado el lanzamiento, por lo que sólo en este último caso y llegado el día señalado por el Juzgado podrá ser cambiada la cerradura sin su consentimiento. Es más, un propietario que se toma la justicia por su mano, por mucha razón que tenga, puede estar cometiendo un delito y verse inmerso en un procedimiento penal. No obstante, le pedimos que se ponga en contacto con nosotros y que nos pida una cita para poder tratar con mayor profusión sobre su caso.Blasco Abogadoswww.abogadoslogroño.com941 232247
— Blasco Abogados