Hola.Resulta que tengo alquilado un local comercial, y el arrendador; me pasa todos los años el recibo correspondiente a la contribución de dicho local.El caso es que me pasa el recivo, más el iva de ese recivo; con lo que yo pago, el valor de la contribución; más el 21% de iva.Me gustaría saber si es legal ese IVA, muchas gracias de antemano.
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Buenos días Jose A. Creo que lo te han pasado es una de las Consultas Vinculantes que ratifica el criterio que Hacienda venía aplicando desde hace bastante tiempo. Por si quieres estar más seguro, a través de la página de la AEAT, a la izquierda en «normativa y criterios interpretativos» pincha en el apartado- «Consultas», y podrás acceder a múltiples resoluciones a Consultas de la DGT que determinan como deben facturarse los servicios de arrendamiento y verifican que en el recibo debe figurar la renta + otros importes a pagar por el arrendador (IBI, basuras, obras, agua, luz, comunidad) y es a la suma de todos esos importes a la que debe añadirse el IVA. Te paso las fechas y números de algunas de ellas para que puedas acceder fácilmente. Consultas Generales: 24/02/1986 y 01/02/1993Consultas Vinculantes: V0542-08 (esta trata exactamente el mismo supuesto, si no me equivoco debe ser la que te han pasado) y V0488-12 (Esta no es sobre un arrendamiento de local pero si sobre un arrendamiento con IVA). Si tienes algún problema para descargarlas o necesitas alguna más, no dudes en contactar con nosotros y te las haremos llegar. Esperamos que nuestros comentarios te hayan servido de ayuda.Saludos cordiales.
— BLAU ABOGADOS / SOLICITORS