Tengo un contrato de alquiler donde el casero pone que si salgo antes que termine el año le tengo que indemnizar 6 meses…aun que sea el segundo año.El primer año obligatorio se termino el mes de noviembre 2013 y yo quiero dejar el piso en marzo 2014.Quisiera saber si tengo que indemnizar al casero los 6 meses.Gracias.
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Estimados Sr.Aunque prime la voluntad de las partes en los contratos de arrendamientos, la Jurisprudencia se inclina a que la indemnización por extinción contractual antes del vencimiento de la prórroga del contrato, NO DEBE SER SUPERIOR A 2 RENTAS MENSUALES.Para mayor información póngase en contacto al TLF. 913861929- 600419666, www.gabinete-g.com
— Gabinete Jurídico G & G