Tengo un contrato de alquiler donde el casero pone que si salgo antes que termine el año le tengo que indemnizar 6 meses…aun que sea el segundo año.El primer año obligatorio se termino el mes de noviembre 2013 y yo quiero dejar el piso en marzo 2014.Quisiera saber si tengo que indemnizar al casero los 6 meses.Gracias.
7 Respuesta
Buenas noches y muchas gracias por su consulta. Puede ser pero en todo caso nos gustaría examinar su contrato para poder asesorarle correctamente. Si lo desea puede llamarnos sin compromiso para comentar su caso. Nuestro teléfono es el 911517113.www.ldcabogados.com
— Larrotcha y Del Campo Abogados
Estimados Sr.Aunque prime la voluntad de las partes en los contratos de arrendamientos, la Jurisprudencia se inclina a que la indemnización por extinción contractual antes del vencimiento de la prórroga del contrato, NO DEBE SER SUPERIOR A 2 RENTAS MENSUALES.Para mayor información póngase en contacto al TLF. 913861929- 600419666, www.gabinete-g.com
— Gabinete Jurídico G & G
Buenos días; sería conveniente ver el contrato para poder dar una respuesta certera, pero si en principio pactasteis que la resolución del contrato se podía hacer antes del año con una indemnización de seis meses de renta, así será. No obstante acuérdate del preaviso. Si quieres más detalle, puedes traernos el contrato para que te asesoremos personalmente, pidiendo cita en los teléfonos 91 345 52 68 o 91 345 60 74. Gracias
— Abogadas Asociadas Castellana
Buenas tardes, con la informacion facilitada, es muy posible que este obligado al pago de la indemnizacion. No obstante, para darle una respuesta con rigor seria conveniente estudiar el contrato de arrendamiento. Por ello, le invito a que se ponga en contacto conmigo en el telefono 911430355 y estudiare su caso sin ningun compromiso. Muchas gracias por su consulta. Un saludo, www.svillalbaabogados.es
— despacho de susana villalba