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Buenas tardes, Efectivamente, al ser despedido está en situación legal de desempleo, por lo tanto, si tiene las cotizaciones mínimas que le exigen puede acceder al cobro de la prestación por desempleo.Si necesita que revisemos su carta de despido, porque el despido pueda ser considerado improcedente y le corresponda el pago de la indemnización que estipula ley, póngase en contacto con nosotros:www.aolconsultores.es91.345.76.04.Mónica Lancha.
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