Mi padre fallecio el 10/03/2015. En el registro de ultimas voluntades no aparece testamento. Solo tiene una cuenta de banco, no tiene ninguna otra propiedad para heredar. ¿Es completamente necesario hacer declaracion de herederos para cancelar la cuenta?¿Si se pasan recibos por la cuenta hasta agotar el saldo, tambien haria falta la declaracion de herederos para cancelar la cuenta?Gracias.
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El banco exigirá de forma imprescindible una declaración notarial de herederos por no haber testamento asi como la presentación a liquidación del impuesto de sucesiones.En caso contrario no permitirá el cambio de titularidad.J. C. Urcola, Espartero 1, Zaragoza. 976 201436
— JUAN CARLOS URCOLA RUIZ