1 Respuesta
Buenas tardes, obligación como tal y que lo exija la ley no tienen.además hay que tener en cuenta si el puesto que dices existe o no. En cuanto a las funciones, lo que si se dice es que te tienen que retribuir conforme a las mismas y si desempeñas funciones de más categoría deberia pagartelo, pero todo ese tipo de reclamaciones implica llevar a la empresa a una conciliación y en su caso a juicio. Debe valorar muchos elementos. Si quiere puede contactar y le informaré sin compromiso. Maria Dolores lopez Vicente. Un saludo
— MARIA DOLORES LOPEZ ASESORIA JURIDICA