Buenos dias, en mi empresa ha habido un cambio en la dirección y nos han comunicado que nos cambian el convenio colectivo de manera verbal y luego hace mención a ello en un acta de la reunión donde se dijo (entre otras cosas).En esa reunión les pedimos que nos informaran por escrito y nos dijeran en que situación quedábamos, en que grupo laboral y en que nos afectaría. Esto no lo han hecho.¿Puede una empresa de manera unilateral cambiarnos de convenio?
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Hola, buenos días.Su empresa solo puede aplicar el convenio colectivo que le corresponda según su actividad. En el convenio colectivo aplicable, en su ámbito de aplicación (dentro de su artículo correspondiente), debe encajar la actividad de su empresa, si no es así, no se puede aplicar. No sé exactamente qué indica el acta que me informa , pero debe saber que no se puede acordar con el trabajador aplicar un convenio u otro, en virtud del artículo 3.5 del Estatuto de los Trabajadores, no puede renunciar a los derechos laborales que son indisponibles.Por lo tanto, hay que saber por qué ha cambiado la empresa de convenio (quizá el anterior no estaba bien aplicado). Si la empresa ha cambiado de convenio colectivo que no le corresponde esta decisión sería recurrible, y si ha habido algún acuerdo con representante de los trabajadores, este acuerdo podría ser nulo.En el caso de que se haya cambiado el convenio, los trabajadores/as podrían reclamar los derechos adquiridos en el anterior, si son mejores.Saludos.
— DMJusticiaSocial