0

El caso es una empresa promotora, que construyo unas viviendas y se finalizo en septiembre de 2008. La empresa solicito la devolución del iva. Cómo tendria q hacerlo la empresa para que al vender una vivienda que le queda ( de cuatro) pueda venderla y que se considere como segunda transmision y no tenga la obligación de devolver iva que de dedujo?