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Nos complace dirigirnos a Vd. en relación con la consulta interesada.Le indicamos que la declaración judicial de disolución del matrimonio por divorcio tiene, entre otros efectos inherentes, la disolución del régimen económico matrimonial supletorio común de sociedad de gananciales, cesando la presunción de ganancialidad de los bienes adquiridos con posterioridad por los ex-cónyuges, sin perjuicio de la efectiva liquidación y adjudicación del caudal inventariado de dicha sociedad entre los ex-esposos en el momento oportuno.Si desea mayor información, puede concertar cita previa (Tel.: +34 911419628 – www.moran-abogados.es) sin compromiso en nuestro Despacho jurídico Morán Abogados. Atentamente,
— Despacho Jurídico Morán Abogados