Buenas tardes.Somos tres hermanos que tenemos en propiedad común un piso y una plaza de parking en Barcelona, un piso y una casita en un pueblo de Valencia.Uno de los tres hermanos, tras la muerte de nuestra madre (enero 2011), ocupó el piso de Barcelona donde vivía esta a cambio de un alquiler pactado que nunca ha pagado.Los gastos que generan las propiedades (comunidad, IBI, etc.) se pagaban con un dinero que nos dejó nuestro padre; pero el dinero se acabó y entre los otros dos hermanos estamos pagando todos los gastos.Se propuso la venta del inmueble de Barcelona y los tres estuvimos de acuerdo siempre que el precio de venta fuera igual o superior a 100.000 eur. Se le propuso al hermano que vive en el piso de Barcelona la posibilidad de ir a vivir al piso de Valencia (difícil de alquilar y/o vender) y alquilar el piso de Barcelona repartiéndonos los beneficios. La contestación fue «no» porque tenia un hijo cursando 4º de ESO. y que hablaríamos cuando acabara el curso.Uno de los tres hermanos ha decidido comprar por esa cantidad y el que vive en el piso se niega a vender y a pagar cualquier gasto que ocasionen las propiedades.El que vive en el piso de Barcelona, tiene 51 años, separado, recibe una pensión de 540 Eur, viven con él sus dos hijos, de 22 años, camarero de profesión y con trabajo y el menor de 17 cursando un grado medio de informática.El que quiere comprar tiene 49 años, está soltero y tiene una vivienda en propiedad como vivienda habitual Castelldefels, pero quiere ir a vivir a Barcelona por cuestiones laborales.Y, yo mismo de 56 año, casado con dos hijos, pensionista y con vivienda en propiedad en Premia de Mar.Si hay una oferta de compra, ¿Podemos obligar a vender dos partes a la tercera?Si no podemos vender, ¿se puede exigir el pago de un alquiler a quien ocupa la casa?Si el que ocupa la casa no paga los gastos, ¿Podemos los otros dos pagar solo nuestra parte y que le reclamen a él la suya?¿Cuales serian los tramites a seguir?Espero no haberme extendido demasiado. Gracias anticipadas
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Buenos días, como no hay acuerdo, la única via es solicitar en el Juzgado la división judicial de esa herencia. Nadie está obligado a estar en copropiedad si no quiere estar. Es un proceso sencillo y fácil de jurisdicción voluntaria con el que se liquidan este tipo de problemas y ni tan siquiera tiene por qué haber juicio. Nadie tiene por qué estar pagando los gastos de otro. Consulte con un abogado de su zona y le informará de los pasos a seguir. Un saludo.
— ABOGADO Antonio Araújo Domínguez
Buenos días, En respuesta a su consulta, cualquier copropietario puede exigir la división del bien en común, es decir, usted o alguno de sus hermanos puede solicitar la venta del inmueble que tienen en común (en cualquier momento y sin expresar motivo alguno). Si no se ponen de acuerdo para vender el inmueble, pueden acudir a la vía judicial, solicitando la división común del bien, que se trata de una acción judicial que conlleva la obligación de vender la finca, pudiéndosela quedar alguno de los copropietarios si le interesa. En caso contrario, se procederá a la venta en pública subasta del bien. Si tienen firmado un contrato de alquiler a favor de su hermano, pueden exigir el pago del mismo. Los gastos y los beneficios deberán ser asumidos por todos los copropietarios en función de su cuota de participación. Si han avanzado gastos a cuenta de su hermano, siempre pueden reclamarlos. Si tiene cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono 622 36 37 27 o por correo electrónico: info@bartolinadvocats.comSaludos, Bartolín Advocats
— Bartolin Advocats