Hola, Tengo una tienda online y llevo un año dada de alta pero solo en Hacienda, también soy asalariada. Ahora quisiera darme de alta en la Seguridad Social. Mi pregunta es, para poder beneficiarme de las bonificaciones de la Seguridad social, al haber estado dada de alta en Hacienda, debería darme da baja y volver a darme de alta y después a la SS? Me pillarían?
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Buenos días.Entre la fecha de alta en Hacienda y la fecha de alta en la Seguridad Social no pueden pasar más de 30 días. Para darte de alta en el Régimen de autónomos, te piden el justificante del alta en Hacienda y comprueban que no hayan pasado más de 30 días entre ambas altas.Por lo tanto deberías darte de baja en Hacienda (y cerrar fiscalmente el ejercicio correspondiente). Y a los pocos días darte nuevamente de alta y con ese alta nueva tramitar el alta en RETA.En cuanto a la pluriactividad (cuenta ajena más cuenta propia) es necesario comunicarlo expresamente a la seguridad social para evitar la duplicidad de cuotas.Si necesitas ayuda puedes contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es
— ASESORÍA MONTSERRAT