actualmente en mi comunidad tenemos presidente y es el propietario pero que no reside en el portal no obstante su hijo es el que vive en el piso que es propiedad del padre despues de la ultima reunion se han inventado un nuevo cargo de asistente del presidente y se lo han otrogado al hijo del presidente que no es propietario por mayoria de la comunidad algo a lo que yo me opongo puede tener algun cargo aun no siendo propietario el susodicho
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Buenos días:Como propietario puede otorgar su representación a persona que no lo sea, pero como Presidente no puede actuar por medio de representante no propietario – cualidad que es necesaria para ostentar este cargo, que es un órgano de la Comunidad. Sólo podrá delegar su cargo al vicepresidente, si lo hubiera.Consecuentemente toda junta celebrada y acuerdos adoptados son nulas, por lo que deberá acudir a la vía judicial para que se declare la nulidad de las mismas.Para asesorarle con mayor rigor puede pedir cita en el teléfono 96.320.28.76. La consulta presencial sólo son 50 , y en ella le daremos nuestra opinión al respecto, las posibles vías de actuación y precio detallado de cada actuación.Quedamos a su disposición.
— Sandra Aurrecoechea