Hace unos meses que falleció mi padre, que tenía en alquiler, junto con mi madre (gananciales) unos locales. Los tres herederos (dos hijos y mi madre) constituimos una herencia yacente porque no se ha repartido aún la herencia para poder facturar el alquiler de esos locales.La duda es que si los locales son al 50% de mi padre fallecido y 50% de mi madre (que forma ya parte de la herencia yacente constituida) quien tiene que facturar dichos alquileres, si sería al 50% la herencia yacente y al 50% mi madre, con lo cual habría de hacerse mensualmente dos facturas o si habría que constituir una comunidad de bienes entre la herencia yacente (50% de la propiedad) y mi madre (50%), y cómo y quién debería facturar dicho alquiler hasta tanto se constituyese esa Comunidad de Bienes.Muchas gracias