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Deduzco que a raíz de un procedimiento de comprobación de valores. Sería necesario estudiar el caso concreto, no obstante el procedimiento habitual para reclamar es: alegaciones, recurso reposición, reclamación económico-administrativa, y si es necesario, tasación pericial contradictoria.En muchos casos se gana con las simples alegaciones, depende del criterio de la AEAT al que nos enfrentemos en su caso concreto.Si lo desea, puede contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.esUn saludo
— ASESORÍA MONTSERRAT