¿ que problemas conlleva hacerse administrador único de una persona mayor (87) que por vivir sóla y haber sido ingresada en un hospital público por caída y rotura femur y que después de haber sido dada de alta hospitalaria la han ingresado en una residencia de la generalitat de Cataluña, aún contra su voluntad y estan en trámites para incapacitarla. Esta persona desea que en caso de nombrar un administrador sea yo y no nadie de la generalitat ý/o residencia.Esta tiene unos buenos ahorros y una vivienda en t´ramites de escriturar, ya pagada.
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Buenos días,Si realmente esta persona es suceptible de ser incapacitado debido a la pérdida de sus facultades, el Juez podrá decidir su incapacitación, y el nombramiento de un tutor, por lo tanto, la voluntad de esta persona no se tendrá en cuenta por el Juez.Pero si su merma de facultades no es susceptible de ser incapacitado, esta persona podrá ordenar su vida a su parecer nombrando un administrador o apodeado en su caso.Además, podrá establecer mediante disposiciones otorgadas ante notario, que el día en que pueda ser incapacitado, por una disminución de sus facultades, se nombre tutor a la persona que designe. Para cualquier duda o aclaración, no dude en contactar con nosotros. Muchas gracias.Natàlia Castellano Boladeras.
— Castellano Boladeras Advocats
No nos dices si tienes una relación familiar o de amistad con esa persona. Tú puedes proponerte con tutor suyo e incluso el presunto incapaz puede comentar al juez, cuando lo explore, que desea que tu seas su tutor. Ser tutor de una persona es un cargo gratuito, es decir, no se cobra por él y conlleva obligaciones. La principal es tener que rendir cuentas de lo que se ha hecho con el dinero o bienes del incapaz cada dos años, en el juzgado que ha llevado la incapacitación. Si te interesa que te asesore en este asunto, puedes contactar conmigo.Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano
Si la persona se encuentra en posesion de sus facultades mentales, puede acudir a un Notario y designarle como Administrador de sus bienes, hecho que obligaria al Juez de Incapacitaciones a seguir los deseos por el manifestados en escritura publica.Si desea que le asesore se pude poner en contacto conmigo al tef.934575700S. Barroso
— BARROSO I SORIANO ABOGADOS