me puedo adjudicar el 100% de la vivienda familiar en el convenio regulador. fue adquirida antes del matrimonio en proindiviso al 50 %. con prestamo hipotecario solidario. se compro en el 2006 y nos casamos en el 2011. El valor actual de la vivienda coincidiria con lo que resta de abonar del prestamo hipotecario, yo me adjudicaria tanto el activo como el pasivo
2 Respuesta
Puede, siempre y cuando la otra parte esté de acuerdo o bien, se recoja en una Sentencia, como consecuencia de un divorcio contencioso.Lo más recomendable es que se ponga en contacto con nuestro Despacho de abogados para facilitarnos más información y podamos asesorar sobre todas las posibilidades a su favor.No dude en consultarnos.Un saludoDaniel Murcia OdriozolaAbogadoANTÓN & MURCIA ABOGADOSMóvil: 690 103 779Mail: danielmurcia@antonmurcia.comwww.antonmurcia.comC/ Lersundi 9, 2º, 48009Bilbao, BIZKAIA
— Antón & Murcia Abogados
Sí, puede hacerlo. Es un cese de indiviso y está exento de ITP y de Plusvalía. En Catalunya lo hacemos mucho, ya que generalmente, aquí, el régimen matrimonial es el de separación de bienes. De todos modos, antes de firmar ese convenio, debes contar con asesoramiento de un abogado y confirmar en Transmisiones Patrimoniales y en el Ayuntamiento la exención de los impuestos.Imagino que no pedís autorización al banco para efectuar esta operación por lo que, tu mujer no queda exenta legalmente del pago de la hipoteca: si tu no pagas, debe hacerlo ella. Contrata un abogado que te asesore. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano