Buenas, me pongo en contacto con ustedes porque no estoy segura de si una actividad es delictiva o no. El caso es el siguiente: Podría ser un delito de acoso el hecho de que una persona se haga cuentas falsas para ver el contenido de una persona en concreto en la red social de Instagram (como 50 aprox). La persona las bloquea y se las vuelven a abrir, durante meses. La cuenta es un perfil público, por lo que si quieren ver cualquier tipo de contenido que publica no es necesario pedir ningún tipo de petición de seguimiento. Dicha persona recibe mensajes de halago sobre su persona o haciendo preguntas acerca de su vida para dar celos a una tercera (no han sido muchos y espaciados en el tiempo). Podría considerarse un delito de stalking, por el art 172 ter del CP. Gracias, espero respuesta.
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Buenos días para este asesoramiento necesitamos más información y estudiar la documentación de su caso, si desea una ampliación. Como se trata de una consulta y asesoramiento legal debe abonar previamente los honorarios correspondientes por tales conceptos y enviarnos los copia de los documentación de su caso y después de estudiado y revisado los documentos os enviaremos por escrito nuestra consulta y orientaciones legales ajustada a su caso.Un saludo cordial,Rebeca Pérez Ramos
— DESPACHO PÉREZ