1 Respuesta
Buenos días, Si va a realizar una actividad habitual por cuenta propia, además del trabajo por cuenta ajena que ya tiene, debe darse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos. Estará usted en situación de pluriactividad, por combinar cuenta ajena + cuenta propia. Tiene unas reducciones especiales en la base de cotización de autónoma por esta circunstancia. No obstante, si tiene derecho a la tarifa plana de autónomos, puede optar entre un beneficio u otro.En cuanto a los impuestos, dependerá de la actividad en concreto que vaya a realizar, lo habitual es IRPF e IVA (salvo comerciantes minoristas en recargo de equivalencia), también puede estar obligada a presentar declaraciones de retenciones, operaciones con terceros, operaciones comunitarias, etcSi necesita ayuda puede contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.esUn saludo y mucha suerte con su proyecto
— ASESORÍA MONTSERRAT