Soy socia minoritaria (10%, con la aportación de 6.000 euros) en una sociedad de capital, la otra socia dispone el 90% (con la aportación de 24.000 euros y la idea de negocio valorada en 30.000 euros). Hemos entrado en una situación de conflicto y desavenencias, por «mooving» y he decidido separarme de la sociedad, bien vendiendo mi participación a la socia mayoritaria o bien a otra persona. O incluso cediendo gratuitamente mi participación, para desligarme por completo de esta sociedad. Socia mayoritaria 90% Aportación: Dinero 24.000 euros Idea de negocio 30.000 euros Total …………………………54.000 eurosSocia minoritaria 10%Aportación : Dinero 6.000 euros
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Buenas tardes.El,hecho de ser socia minoritaria, la deja sin la posibilidad de tomar decisiones, ni por supuesto nombrar cargos de administración.No obstante, si tiene derecho a ser debidamente informada de la gestión que esta llevando a cabo la administración de la sociedad, lo que puede reclamar en principio, por vía amistosa y en su defecto por vía judicial.Si desea cualquier aclaración pongase en contacto con el despacho, en el teléfono 915343572.Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez
Buenos días. Por supuesto que puede usted separarse de la sociedad pero siempre cumpliendo con lo que esté debidamente establecido en los Estatutos de la Sociedad o en la propia Ley. Si lo desea , podemos darle cita en el 918516510 para aclararla todos los extremos de su caso y, previo examen de las escrituras, emitir un dictamen adecuado a lo que usted desea.Reciba un cordial saludo.
— ISARA CONSULTORES
Buenos días, Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene. No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación. Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas): tlf. 645 958 948Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.Atentamente, Mercedes de Parada RodríguezAbogadaSocia del despacho LETRADOXwww.Letradox.com
— LETRADOX
Buenos días. Es possible estudiar las posibilidades de separación o su salida del capital social. Para esto necesitariamos conocer con mayor detalle su caso. No obstante con una partipacion del 10% puede presenter bastante batalla mediante convocatorias de junta. Si lo desea puede llamarnos al 911517113 para comentar su caso.Un saludo,Manuel Larrotcha www.ldcabogados.com
— Larrotcha y Del Campo Abogados
Buenas tardes,Usted, como socia minoritaria puede solicitar su separación de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto en la ley y en los Estatutos Sociales; y en su caso transmitir sus participaciones sociales o acciones de acuerdo a las normas de transmisión de las mismas.Si usted firmó algún pacto de socios antes de la constitución de la sociedad, también sería de ayuda consultarlo.En cualquier caso, sería necesario conocer más y mejor las circunstancias del caso.En GMJ Abogados somos especialistas en asesoramiento jurídico de empresas, estamos a su disposición para ayudarle.No dude en ponerse en contacto con nosotros.Muchas graciasUn cordial saludo
— Miguel Gómez