Buenas tardes,acabo de recibir la noticia de que he sido despedido.El pasado dia doce de febrero me disponía a ir a mi trabajo y tuve un accidente en la escalera de mi garaje,a dia de hoy continuo de baja.Yo pensaba que era accidente laboral pero la empresa insistio en que no lo mencionara y que cogiera la baja de medico de cabecera sin más.Mi encargado acaba de llamarme para comunicarme la decisión de la empresa de rescindirme el contrato segun ellos por no alcanzar los objetivos fijados.Me envian por correo un documento para mi firma como notificacion de dixo despido.Quisiera saber varias cosas.Hasta que punto es legal,y si debería reclamar mi baja como accidente laboral.También me comentan que la liquidación será por transferencia a final de mes
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Estimado consultante,Cabe la posibilidad de que la empresa despida a un trabajador por estar de baja, pero la empresa ha de demostrar la realidad de la causa de despido para que éste sea declarado procedente pues, de lo contrario, el despido será improcedente. En su caso concreto, la empresa ha de acreditar que usted no ha alcanzado los objetivos fijados, lo cual no siempre es fácil.Respecto de lo de firmar los documentos, le recomiendo que antes de ello lo ponga en manos de un abogado laboralista, ya sea nuestro despacho u otro. Y ello para darle las instrucciones básicas sobre cómo actuar ante un despido. Y tras ello, se debe iniciar las actuaciones oportunas frente a dicho despido lo antes posible, pues el plazo es de 20 días desde que el despido es notificado, y en dicho plazo hay que interponer la oportuna demanda de conciliación y, probablemente, la oportuna demanda ante el Juzgado.Contáctenos al teléfono 951 71 50 41 o a través del correo abogadoslarios@gmail.com y le atenderemos personalmente y sin compromiso.Larios Abogados. (Torre del Mar, Málaga)www.lariosabogados.es
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Estimado consultante, Estaba en lo cierto, un accidente yendo al trabajo es accidente laboral. Se considera accidente in itinere el que sufre el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo, Se exigen generalmente, los siguientes requisitos: Accidente como consecuencia de ir o salir del trabajo, accidente sobre la hora de entrada o salida del trabajo, accidente en el trayecto habitual y accidente con el mismo transporte utilizado generalmente para ir al trabajo.Lo primero que le recomendamos es que no firme ningún documento hasta que un profesional examine su caso profundamente.En segundo lugar, el encargado ha de darle una carta de despido notificándole el mismo, en la cual ha de contener la fecha del mismo, la causa y la indemnización y finiquito correspondiente. Mientras no se entregue la carta de despido el trabajador debe acudir a su puesto de trabajo para que la empresa no pueda alegar abandono del puesto de trabajo.Por lo tanto, al no entregar la carta de despido, si la empresa no subsana ese error en el que le explíque por qué no ha llegado a los objetivos, estaríamos ante un despido improcedente.Si lo desea, puede concertar una cita con nuestro bufete TEJON ABOGADOS sin ningún compromiso, analizaremos su caso concreto y le asesoraremos sobre las medidas que puede emprender contra la empresa en el caso de que el despido sea improcedente ya sea indemnización o restablecimiento en su puesto de trabajo.Puede llamar al número 952216851, o al 651868982. Estamos situados en calle tejon y rodríguez 9, 7ºA. Estamos a su completa disposición.Reciba un cordial saludo.Carmen Mª Sánchez Fernández, abogada.
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