En un tiempo podría cambiar mi residencia a Suecia. Allí, según me cuenta mi pareja, el estado paga una cantidad fija por niño, incluso en caso de separación/divorcio aun cuando la madre o padre quieren renunciar a ello. Mi pregunta, ya que mi interés sería renunciar a cualquier pensión del Gobierno sueco(o del padre), es la siguiente: en caso de volver yo a España con el futuro niño, por el motivo que sea(divorcio, o simple cambio de residencia para mí), estaría un contrato privado firmado por el padre y yo, donde constara que renuncio a ese dinero, por encima de esa ley de protección sueca que me enviaría dinero? De ser así, cual sería la forma de hacerlo bien, y legal claro: a través de un contrato, de un acuerdo prenupcial,?Gracias de antemano y un saludo,
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Buenas tardes consultante,Si te he entendido bien, lo que quieres es firmar algo para renunciar a una posible pensión que te pueda corresponder por tu hijo , del Estado o del padre de menor, ¿es así?Estando en España es el progenitor que tenga la custodia del menor el o la que debe solicitar a un Juez que no se le abona la pensión de los alimentos en favor de su hijo.Con esto quiero decir que él no está fuera de la legalidad si tú no estás recibiendo ninguna pensión del padre y no dices nada. No obstante, la forma correcta de hacerlo, si estáis separados/divorciados seria firmar un convenio regulador de mutuo acuerdo en el cual se estableciera que tu tienes suficiente dinero para mantener a tu hijo y por lo tanto renuncias a la pensión de alimentos del padre o de Suecia.Si tienes más preguntas o alguna duda más, escríbeme y te la aclaro sin problema.Un saludo,Diana Lladró info@dianalegales.comwww.dianalegales.com
— Diana Legales Abogados
Hola Diana,Muchísimas gracias por la rápida respuesta. Has entendido bien. Y si yo he entendido bien también lo mejor sería formar ese comvenio una vez se produjera la separación/divorcio? Lo dogo porque nuestra intención es que conste por escrito (y legalmente) antes del posible matrimonio y del hijo(que aún no existe). Cual sería la forma de establecer esto previamente? Tengo entendido que los acuerdos prenupciales tienen sentido cuando hay dinero y capital de valor por medio (que no es nuetro caso), y no sé por medio de una boda civil se puede llegar a etablecer alguno de estos acuerdos previos… O a lo mejor con un simple contrato privado, no? Qué me recomiendas?Espero que tenga sentido lo que estoy contando y me puedas asesorar.Muchas gracias de nuevo,Eva
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Lamento no estar de acuerdo con mi compañera Diana, pero la pensión de alimentos para los hijos es irrenunciable. Ningún padre o madre puede renunciar a percibir alimentos futuros sobre un hijo. Por tanto, lo que tu propones es imposible legalmente.Evidentemente, puedes suscribir un acuerdo prenupcial con las cláusulas que quieras, excepto la de la renuncia a los alimentos que puedan corresponder a tu hijo o hijos por parte de su padre o de su madre. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano
Buenos dias y gracias,Pero entonces dicho acuerdo prenupcial no me es útil para mi propósito…. El futuro padre quiere tener la seguridad, más allà de mi palabra , de que en caso de volverme a España, no reclamaré ese dinero del Estado sueco. Y yo garantizarselo. Tiene que haber alguna forma de hacerlo….Gracias por la atención,Eva
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