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Estimado Señor,Jurídicamente, si se está produciendo un incumplimiento del régimen de visitas fijado en Sentencia, puede denunciar los hechos ante el Juzgado de Guardia (recomendable) o la Policía y se trámitará el correspondiente Juicio de Faltas. El Código Penal establece en su artículo 618.2, lo siguiente:»El que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito, será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.»Ahora bien, dicho esto, si bien jurídicamente usted puede denunciar los hechos, quizás no sea la mejor opción, principalmente, por las consecuencias que ello supone. Para darle una opinión al respecto con fundamento, debería conocer más a fondo su situación, ahora bien, le adelanto que la interposición de denuncias de este tipo, con carácter general, tienen un efecto boomerang y se entra en un circulo de denuncias mutuas hasta por retrasos de 10 minutos en la devolución de los menores, por ejemplo. Si la situación entre ustedes no es del todo mala, convendría que lo hablasen y dejaran claro cuales son sus obligaciones y derechos. Para ello, si no son capaces de hablarlo y aclararlo entre ustedes, pueden acudir a un Mediador que les ayude en la solución a sus discrepancias (puede ampliar información respecto a la mediación y los servicios que prestamos en nuestro centro en www.centrodemediacionvalencia.es). Por otra parte, como Abogado si le recomendaría que si decide no interponer denuncia, deje constancia de la situación mediante el envío de un burofax (o cualquier otro medio que quede constancia) requiriendole para que cumpla con el régimen de visitas fijado en Sentencia.Esperando haberle ayudado con su consulta, quedamos a su disposición para cuanto precise aclarar.Reciba un cordial saludo.________________________David Serra TarazonaSocio | Abogado – MediadorSerra Tarazona Abogados | Centro de Mediación Valencia CEMEVALPascual y Genis, nº 16, 2º-D, 46002 Valencia, EspañaTel: +34 960032242 | Fax: +34 960032242 | Móvil: +34 699471527dserra@icav.es | dserra@cemeval.es | www.centrodemediacionvalencia.es
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