Buenas tardes. Soy aficionado a la caza y debido a la instrucción de un procedimiento sancionador por una infracción muy grave a la ley de caza, en la resolución me impusieron 3000 euros de multa y 2 años de inhabilitación de la licencia de caza; lo he recurrido al contencioso administrativo y este se ha declarado incompetente, elevándolo al contencioso A. del Tribunal Superior de justicia de mi CCAA y estoy a la espera de que exista sentencia.- Por otra parte la guardia civil cuando se ha enterado de la infracción a la ley de caza iniciando procedimiento administrativo de revocación de las licencias de armas tipo e (escopetas) y D (rifles). He presentado alegaciones y han suspendido los plazos de resolución hasta que exista sentencia del contencioso A. de tribunal Superior (Me han dicho que puede tardar cuatro o cinco meses) por el artículo 42 de la Ley 30/92. He estado mirando el artículo reseñado y dice que el plazo de suspensión no podrá exceder de los tres meses, aunque ellos no lo han hecho constar en la notificación que me han dado donde exponen: Se suspenden los plazos de resolución hasta que haya sentencia o fallo judicial en …… Mi pregunta es: Si se pasan los tres meses que indican la ley 30/92 puedo pedir el archivo del procedimiento o existe alguna forma legal para que la guardia civil pueda ampliar esos plazos?
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La resolución a la que se refiere el art. 42 de la 30/1992 es la expresa, ese art. versa sobre la obligación de resolver, lo que rara vez se produce, en derecho administrativo a eso se le denomina silencio administrativo que es positivo para el administrado si la resolución recurrida así lo contempla, en caso de no contemplarlo (que es lo más usual), ha de tomarse como una resolución negativa. Estos procedimientos resultan ser muy complejos, desde este despacho hemos llevado varios casos sobre retirada o negación a renovación de la licencia de armas, que en algún caso ha llegado hasta el Tribunal Supremo y todas las hemos ganado, por ello te aconsejamos que te pongas en contacto con algún profesional que te lleve el caso.Quedamos a tu disposición, recibe un afectuoso saludo.
— AMF Abogados