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Buenas tardes.En este tipo de juicios ambas partes, tanto denunciante como denunciado, habrán de comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse. Por supuesto estas pruebas pueden ser también de testigos. La pena por la falta que usted menciona es simplemente de una multa cuya cuantía dependerá de la capacidad económica del condenado, pero que en todo caso es de pequeña cuantía.
— Talavera Saldaña Abogados