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Buenas tardes,Todavía puedes aplicar la deducción si tus arrendadores consignan el contrato de arrendamiento en vivienda pagando un leve recargo.Recuerda que, si no presentan el contrato en la Xunta tampoco te podrás deducir el alquiler el año próximo, y a partir de enero de 2015 los nuevos contratos de alquiler ya no tendrán esta deducción.Aunque si se prorroga para los que ya la tengan.No dudes en contactar conmigo para mayor información.SaludosAna B Meije
— Despacho borrado 1539728455x0de1
el problema es que hacienda me ha enviado una carta certificada pidiendome el justificante del instituto gallego(que no tengo),recibos de pago de alquiler(que si los tengo),y copia de contrato(que tambien tengo)…mi idea era entregar los recibos y el contrato y explicarles mi situacion,que no dispongo de justificante por que no entregaron la fianza en el instituto gallego de vivienda.que me puede pasar?.
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Buenas tardes,Usted debe exigir primeramente a sus arrendadores que depositen las cantidades y que cumplan los requisitos, pues de lo contrario, usted no podrá beneficiarse de la deducción ni aunque realice la declaración complementaria.No dude en ponerse en contacto con nuestro experto fiscal.Para todo lo que necesite, estamos a sus disposición.Saludos muy cordiales.www.estradoabogados.com
— ESTRADO ABOGADOS
el problema es que hacienda me ha enviado una carta certificada pidiendome el justificante del instituto gallego(que no tengo),recibos de pago de alquiler(que si los tengo),y copia de contrato(que tambien tengo)…mi idea era entregar los recibos y el contrato y explicarles mi situacion,que no dispongo de justificante por que no entregaron la fianza en el instituto gallego de vivienda.que me puede pasar?.
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