Buenas tardes , el juzgado dicto una sentencia a mi favor por lo que una persona me tiene que pagar 32000 que yo le había prestado claro habiendo realizado un contrato de préstamo, el problema que eso fue en el 2008, esta persona se casa en el 2011 pero a su nombre solo tiene un coche del año 1997 y un piso con una hipoteca de 100.000 no tiene mas esta cobrando el paro sobre 600 y algo, la pregunta es aunque no estuviera casada y ahora si el sueldo de su marido que si esta trabajando en realidad es la mitad de ella o eso creo yo, eso se puede embargar?
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Estimado consultante,El caso que usted plantea es uno de los casos «conflictivos» en derecho. Se tiene una sentencia a favor pero la parte condenada resulta que no tiene bienes o que, aún teniéndolos, está a nombre de otras personas, lo que hace que, de cara a un Juzgado, no los tenga.El primer paso a dar en su situación es interponer una demanda ejecutiva. En dicha demanda (que no conlleva nuevo juicio, por cierto, sino que es demanda sin más) se debe pedir que por parte del Juzgado y fundamentándolo en la Ley correspondiente, realice una averiguación patrimonial de la otra parte para que se averigüen bienes muebles e inmuebles (quizás aparezca algo que no sabemos), así como que se retengan cantidades pendientes de cobro (sueldos, devoluciones de Hacienda, prestaciones, etc).Este es el primer paso que hay que dar necesariamente. Ya una vez dado, el Juzgado realizará las actuaciones oportunas y, o bien no saldrá nada, o bien saldrá algo. Indicarle que, de salir algo, no sólo se embargan los 32.000 euros, sino también intereses y costas, es decir, que los honorarios que abone usted al abogado que realice esta demanda ejecutiva también le deberían ser reintegrados.Le facilito nuestros datos para que, sin compromiso, nos contacte si desea iniciar los trámites con nuestro bufete:951 71 50 41abogadoslarios@gmail.comwww.lariosabogados.esUn cordial saludo.
— Larios Abogados