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Buenas tardes, aunque haya perdido el contrato de arrendamiento hay otras formas de probar los hechos necesarios para que obtener del Juzgado el lanzamiento, siendo lo esencial el hecho de que el local esté ocupado por el arrendatario, y que éste no pague renta alguna.Tenemos experiencia en impago de arrendamientos, y podemos recuperar su local en el menor tiempo posible.Un saludo.
— Pedro José Rosa Romero
Estimado consultante,Como bien le comentan, sería idóneo tener copia del contrato, aunque el no tenerlo no impide llevar a cabo las acciones oportunas.En su caso caben dos posibilidades, una de las cuales es aquella a la que usted se refiere, echar al inquilino de la casa y reclamar esas rentas. En muchos casos no se llega en estos asuntos ni a juicio, pues el inquilino moroso pocos motivos puede tener para oponerse cuando realmente no ha pagado.Le invito a que nos contacte y le atenderemos personalmente en el 951 71 50 41, a través de abogadoslarios@gmail.com o a través de nuestra web www.lariosabogados.esEstamos en Torre del Mar (Málaga).Un cordial saludo.
— Larios Abogados