El 20 septiembre 2014 fui despedida y me he enterado que estoy embarazada tengo un paro de duración de 8 meses y finaliza el 18 Mayo 2014. Aproximadamente mi fecha de parto será el 8 junio podré solicitar baja maternal? O al terminar mi paro ya no tengo derecho a la baja y a la prestación correspondiente? Cuando debo solicitar la baja maternal?
2 Respuesta
Cuando agotes la prestación por desempleo podrás cobrar el subsidio de desempleo que es lo que les corresponde a todos los desempleados cuando agotan una prestación contributiva como lo es la prestación por desempleo. Para acceder a la prestación por maternidad debes estar afiliada a la Seguridad Social, tener cotizados al menos 180 días, dentro de los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha del parto. Por lo tanto, si reúnes los requisitos que se exigen para percibir la baja por maternidad y si después de haber agotado la prestación por desempleo no has solicitado el subsidio de desempleo, tienes que solicitarlo, y si mientras percibes dicho subsidio se produce la maternidad o la paternidad, continuarás percibiendo el subsidio por la misma cuantía y duración. Si cuando consumas el subsidio continúas en situación de maternidad o paternidad ya no tienes derecho a más prestación económica.Puedes recurrir a nosotros para resolver cualquier problema o duda que te surja con respecto a éste tema. Contacta con Satisfacción Legal en el teléfono 96 369 52 50 o visítenos en la web www.satisfaccionlegal.es .Recuerda que la primera consulta es gratuita.
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Con el nacimiento podrá solicitar no solo la deduccion por maternidad sino ayudas por su situacion y las cargas familiares segun la situacion personal suya y de nucleo familiar pero al terminarse el paro previamente al parto deberá solicitar el subsidio.
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