Buenos días.Mi consulta es por motivos de impagos en el trabajo. Les comento mi situación.He estado trabajando en una empresa hasta el día 30/09/2014. Estaba trabajando con un contrato temporal y la empresa ha querido renovarme, pero yo me he negado debido a la situación de ésta. Hasta ese último día la empresa me debía 8 nóminas (al igual que al resto de los trabajadores), pero me ha querdo recompensar por mi buen trabajo pagándome 3 nóminas, por lo que a día de hoy me deben 5 nóminas. La empresa ya ha presentado los papeles para entrar en concurso de acreedores, que se supone que entrará en un plazo de un mes aproximadamente. Dada mi situación, y teniendo en cuenta que va a entrar en concurso, ¿Cual sería la mejor forma de actuar para que pudiera cobrar las 5 nóminas que me adeudan?¿Esperar a que entre en concurso y el administrador concursal reconozca mi deuda? Si fuera el caso, y huviera algo de dinero en caja, ¿Podrían pagarme una nómina, y el resto (4 restantes) mandarme al FOGASA?.Quiero tener la total seguridad de que por lo menos cobre 4 nóminas ( las del FOGASA) y si pudiera esa 5ª. Gracias de antemano
1 Respuesta
Estimado consultante,Salvo mejor criterio, entiendo que lo conveniente es interponer lo antes posible la demanda de conciliación y posterior demanda ante el Juzgado, a ser posible antes de que la empresa entre en concurso de acreedores. Cuestión diferente es que, una vez obtenida sentencia favorable, la empresa esté ya en concurso de acreedores, pero es mejor postularse como acreedor de la empresa antes de la declaración de concurso, por seguridad jurídica.Indicarle que se podrán reclamar aquellas nóminas que debieron cobrarse un año atrás, es decir, nóminas propias de octubre de 2.013 en adelante, por razones de prescripción. Asimismo, indicarle que la cantidad reclamada por nóminas impagadas deberá incrementarse en un 10% de interés por mora.La facilito un presupuesto cerrado por las actuaciones escritas del procedimiento (IVA incluido), así como nuestros datos de contacto:951 71 50 41www.lariosabogados.esUn cordial saludo
— Larios Abogados