Hola , soy un pequeño empresario con un negocio de hosteleria y tengo una empleada que se corto con un cristal trabajando y ha ido a la mutua , donde la operado del tendo y alguna arteria me ha dicho , y le han dado un mes de baja que parece ser que le paga el 100% de su nomina la mutua aunque tengo entendido que no es asi , que yo como empresa le pagaria el 100% de su nomina y luego la mutua le pagaria a la empresa un 25% de dicha nomina de la empleadad de baja , esto es asi?
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Buenos días. Salvo que exista convenio en el que se pacte lo contrario, en caso de accidente de trabajo, el trabajador percibirá el 75% de la base de de cotización por contingencias profesionales del mes anterior a la baja médica. La empresa asumirá el primer día de baja y la Mutua desde el día siguiente hasta la fecha de alta médica. Lo que ocurre es que, muchas veces, la empresa ejerce el pago delegado, esto es, paga ella directamente al trabajador, para posteriormente compensarlo en los seguros sociales mensuales. Quedo a su disposición. Un saludo cordial.
— Lorena Arias Hidalgo