2 Respuesta
Estimado consultante,Efectivamente, al reconocer la empresa la improcedencia del despido y una cantidad por ello, eso da lugar a un crédito, lo que ocurre es que ese crédito aún no ha sido satisfecho porque no han pagado la cantidad.Si aquel reconocimiento de la empresa se hubiera hecho ante el CMAC de Málaga o ante el Juzgado, ya se podría pedir ejecución. Pero como aquel reconocimiento fue en documento privado, hay que reclamarlo judicialmente, por medio de demanda de reclamación de cantidad.Estamos en Torre del Mar (Málaga). Le facilito un presupuesto (IVA incluido) por este procedimiento que, al ser en vía laboral, no es necesario ni procurador, ni hay que abonar tasas judiciales ni tampoco hay condena en costas.Le facilito igualmente nuestros datos para que, sin compromiso, nos contacte y le atenderemos personalmente.951 71 50 41www.lariosabogados.esUn cordial saludo.
— Larios Abogados
Por supuesto que puede reclamar esas cantidades, pero tenga en cuenta el plazo de prescripción -1 año-. Si lo desea, estoy a su disposición para estudiar su asunto y tramitárselo si usted quiere, para lo cual solo tiene que ponerse en contacto conmigo a través de esta web por mensajería privada, y concertaría con usted una cita en mi despacho.
— Talavera Saldaña Abogados